Retención de Pagos a Subcontratistas: Cómo Ejercer el Derecho del Art. 183-C

El mecanismo legal que te permite pasar de responder con todo tu patrimonio de inmediato (solidaria) a responder solo cuando el contratista no pueda (subsidiaria). Guía paso a paso.

Si eres mandante con subcontratistas en faena, probablemente ya sabes que la Ley 20.123 te hace responsable de las deudas laborales de tus contratistas. Lo que muchos no saben es que existe un mecanismo legal para reducir esa responsabilidad: el derecho de retención del Artículo 183-C.

Este artículo te explica exactamente cómo funciona, cuándo usarlo y los errores que debes evitar.

💡 El concepto clave

El derecho de retención te permite descontar del pago que le debes al subcontratista los montos que él no ha pagado a sus trabajadores, y pagarlos directamente. Al ejercerlo, pasas de responsabilidad solidaria (respondes de inmediato) a subsidiaria (respondes solo si el contratista no puede).

¿Qué es el Derecho de Retención?

El Artículo 183-C del Código del Trabajo establece dos derechos fundamentales para la empresa mandante:

  1. Derecho de información: Poder exigir al subcontratista que acredite el cumplimiento de sus obligaciones laborales (el famoso F30-1).
  2. Derecho de retención: Si detectas incumplimientos, puedes retener del pago al subcontratista los montos adeudados y pagarlos directamente a los trabajadores afectados o a las instituciones de previsión.

El segundo derecho es el que marca la diferencia entre quedarte en responsabilidad solidaria o pasar a subsidiaria.

"La empresa principal que ejerce los derechos de información y de retención responde subsidiariamente de las obligaciones laborales y previsionales. La que no los ejerce, responde solidariamente." — Artículo 183-D, Código del Trabajo

La Diferencia Práctica: Solidaria vs Subsidiaria

Aspecto Responsabilidad Solidaria Responsabilidad Subsidiaria
Cuándo respondes De inmediato, junto al contratista Solo si el contratista no puede pagar
El trabajador te demanda Sí, directamente Solo después de ejecutar al contratista
Embargo de bienes Pueden embargar tus bienes primero Primero los del contratista
Requisito Por defecto (no hiciste nada) Ejerciste derechos Art. 183-C

Cuándo Ejercer el Derecho de Retención

El derecho de retención se activa cuando detectas que tu subcontratista no está cumpliendo con sus obligaciones. Las situaciones más comunes son:

⚠️ El timing es crítico

Debes ejercer el derecho de retención apenas detectes el incumplimiento. Si sigues pagando al contratista después de saber que no está cumpliendo, pierdes la protección de la responsabilidad subsidiaria para ese período.

Procedimiento Paso a Paso

1

Detectar el incumplimiento

Revisa el F30-1, liquidaciones de sueldo, comprobantes de cotizaciones o cualquier documento que evidencie que el subcontratista no está pagando lo que debe. Documenta la fecha exacta en que detectaste el problema.

2

Calcular el monto a retener

Determina exactamente cuánto debe el subcontratista. Incluye: remuneraciones impagas, cotizaciones previsionales, cotizaciones de salud, seguro de cesantía, y cualquier otra obligación laboral. Solicita detalle por trabajador.

3

Notificar al subcontratista

Envía comunicación formal (carta certificada o correo con confirmación de lectura) informando que ejercerás el derecho de retención. Indica el monto, el concepto y el plazo para que regularice. Guarda copia de todo.

4

Retener del próximo pago

Del siguiente estado de pago que corresponda al subcontratista, descuenta el monto calculado. El descuento se aplica al monto neto que le debías pagar. Si el monto adeudado supera lo que le debes, retienes todo.

5

Pagar directamente

Con el monto retenido, paga directamente a: los trabajadores afectados (remuneraciones), las AFP (cotizaciones previsionales), Fonasa/Isapre (cotizaciones de salud), AFC (seguro cesantía). Guarda todos los comprobantes.

6

Documentar todo

Crea un expediente con: la evidencia del incumplimiento, el cálculo del monto, la notificación al subcontratista, el descuento aplicado, y los comprobantes de pago directo. Este expediente es tu defensa ante cualquier demanda.

¿Qué Puedes Retener y Pagar?

Concepto ¿Puedes retener? ¿A quién pagas?
Remuneraciones impagas ✓ Sí Directo al trabajador
Cotizaciones AFP ✓ Sí A la AFP del trabajador
Cotizaciones salud ✓ Sí A Fonasa o Isapre
Seguro de cesantía ✓ Sí A la AFC
Indemnizaciones ✓ Sí Directo al trabajador
Multas de la DT ✗ No Las paga el infractor
Intereses y reajustes ✓ Sí Según corresponda

Los 5 Errores Más Comunes

Error 1: Retener sin documentar

Muchas empresas retienen montos pero no guardan evidencia del por qué. Si el subcontratista te demanda por incumplimiento de contrato, necesitas probar que la retención estaba justificada. Sin documentación, pierdes.

Error 2: No pagar a los afectados

Retener no es suficiente. Si retienes $10 millones por cotizaciones impagas pero no los pagas a las AFP, no ejerciste el derecho correctamente. La ley dice "retener para pagar", no "retener para quedártelos".

Error 3: Seguir pagando después de detectar el problema

Si detectas en enero que el contratista no pagó cotizaciones de diciembre, pero igual le pagas el estado de pago de enero sin retener, estás asumiendo responsabilidad solidaria por ese período. El derecho debe ejercerse apenas tienes conocimiento.

Error 4: No notificar al subcontratista

Aunque la ley no exige notificación formal, la jurisprudencia valora que hayas dado oportunidad al contratista de corregir. Además, la notificación te protege ante reclamos de que actuaste arbitrariamente.

Error 5: Retener más de lo que debes

Solo puedes retener hasta el monto que le debes al subcontratista. Si le debes $5 millones y él debe $8 millones a sus trabajadores, retienes $5 millones. El resto sigue siendo obligación del contratista (y tuya solidaria/subsidiariamente).

✅ La clave del éxito

El derecho de retención funciona cuando es sistemático: ejercerlo periódicamente, documentar cada paso, y actuar rápido cuando detectas problemas. No es una acción puntual, es un proceso continuo de due diligence.

Ejemplo Práctico: Caso Real

📋 Situación

Minera ABC tiene contrato con Servicios XYZ por $50 millones mensuales. En la revisión del F30-1 de enero, detectan que XYZ tiene 3 meses de cotizaciones AFP impagas ($12 millones) para 40 trabajadores en faena.

Paso 1: ABC documenta el incumplimiento (F30-1 con observaciones, detalle de trabajadores afectados).

Paso 2: ABC calcula el monto: $12 millones en cotizaciones AFP impagas.

Paso 3: ABC envía carta certificada a XYZ informando que retendrá $12 millones del próximo estado de pago para pagar directamente a las AFP.

Paso 4: Del estado de pago de febrero ($50 millones), ABC retiene $12 millones y paga $38 millones a XYZ.

Paso 5: ABC paga los $12 millones directamente a las AFP de los 40 trabajadores, trabajador por trabajador.

Paso 6: ABC guarda: el F30-1 con observaciones, la carta a XYZ, el estado de pago con el descuento, y los 40 comprobantes de pago a las AFP.

Resultado: ABC pasa de responsabilidad solidaria a subsidiaria para las deudas de enero. Si un trabajador demanda después, ABC puede demostrar que ejerció sus derechos del Art. 183-C.

¿Cómo CertMine Automatiza Este Proceso?

Gestionar el derecho de retención manualmente con 10, 20 o 50 subcontratistas es operativamente complejo. CertMine automatiza cada paso:

Aviso: Este artículo es de carácter informativo y no constituye asesoría legal. El ejercicio del derecho de retención tiene implicancias contractuales y legales que deben evaluarse caso a caso. Para situaciones específicas, consulta con tu departamento legal.

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